La abreviatura ERP, que significa «Energy Related Products», identifica la Directiva 2009/125/CE, que tiene como objetivo reducir el consumo energético de los productos a través del diseño ecológico. El 26 de septiembre de 2015, es la fecha en que la Directiva ErP entró en vigor, y representa un punto de inflexión y marca una época para los aparatos productores de calefacción y agua caliente sanitaria. Desde esa fecha también un nuevo etiquetado energético de los productos ha sido implementada, rehaciendo la correspondiente Directiva 2010/30/UE.
La normativa prevé que todos los productos para calefacción y producción de agua caliente sanitaria, con una potencia nominal inferior o igual a 70 kW , pueden ser comercializados en el mercado sólo si presentan una etiqueta energética que muestra la clase de eficiencia. De acuerdo con los diferentes tipos de aparatos/tecnologías, hay previstas varias etiquetas de energía, pero todas ellas se valoran a través de una escala de color graduada que permite identificar de un vistazo los diferentes niveles de eficiencia.
El etiquetado tiene como objetivo ofrecer al consumidor la posibilidad de identificar fácilmente el nivel de eficiencia de un producto y poder compararlo de forma homogénea con otro producto que utilice la misma tecnología. Para aquellos productos cuya eficacia se ve influenciada por las condiciones climáticas externas, como por ejemplo las bombas de calor, se informa del nivel de eficiencia según zonas de temperatura. Además de las etiquetas de los productos, las normas europeas prevén etiquetas de sistemas en el caso de los sistemas formados por diferentes aparatos, componentes y controles pertinentes. Esta segunda tipología de etiquetado, gracias a la sinergia virtuosa entre los diferentes elementos, da la posibilidad que los sistemas sean capaces de alcanzar mayores niveles de eficiencia que los aparatos de manera individualizada.
Desde la misma fecha, nuevos requisitos de rendimiento estacional se han establecido para aplicaciones de sólo calefacción y mixtas (calefacción y producción de agua caliente). Estos requisitos se refieren a productos con potencia nominal inferior o igual a 400 kW y pretende evitar la entrada en el mercado de los productos menos eficientes. También acumuladores de agua caliente sanitaria tienen que cumplir con los nuevos requisitos en términos de pérdidas térmicas. Los acumuladores de inercia se clasifican de acuerdo a su eficiencia en términos de pérdidas térmicas también. Para los acumuladores de agua caliente sanitaria hasta 500 litros, el etiquetado es obligatorio; los de 500 a 2000 litros están obligados al respeto de la clasificación de eficiencia energética. En cuanto a las bombas de calor para calefacción y los aparatos mixtos, además de los límites de rendimiento estacional, los límites de los niveles sonoros específicos se establecen de acuerdo con las potencias. También los calentadores de agua a gas, las bombas de calor murales para la producción de agua caliente sanitaria y los depóstios de energía solar térmica, con el fin de ser admitidos en el mercado, además del etiquetado energético tiene que cumplir una serie de requisitos en términos de eficiencia.